Marco legal:
- Constitución política de Colombia de 1991: Art. 4 literal “l) El derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente”
- Ley No. 46 de 1988 (Noviembre 2), Por la cual se crea y organiza el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de desastres, se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República y se dictan otras disposiciones.
- Decreto 919 (1 DE MAYO DE 1989) Por el cual se organiza el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres y se dictan otras disposiciones.
muchísimas gracias me es de gran ayuda. :)
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